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Cómo pagar el impuesto vehicular en Bogotá con el 10% de descuento

La Alcaldía de Bogotá ha establecido plazos para el pago del impuesto vehicular, que incluye un descuento del 10% para aquellos que cumplan con la fecha límite.

Cómo pagar el impuesto vehicular en Bogotá con el 10% de descuento

Año tras año, cada colombiano contribuyente enfrenta diversas obligaciones tributarias que son esenciales para mantener al día sus cuentas con el Estado. Estas obligaciones están relacionadas con el pago de distintos impuestos que varían en cada ciudad del país. Entre estos, destacan términos como impuesto predial, declaración de renta y el impuesto vehicular.

En el contexto de Bogotá, la capital de la República, la Alcaldía Distrital ha establecido un calendario tributario que incluye una serie de plazos para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones. Recientemente, se ha confirmado que se aproxima la fecha límite para realizar el pago del impuesto vehicular con un atractivo 10% de descuento.

¿Cuál es la fecha límite de pago del impuesto vehicular con el 10% de descuento en Bogotá?

La Alcaldía de Bogotá, a través de su plataforma digital, ha indicado que la fecha límite para pagar el impuesto sobre vehículos automotores con un descuento del 10% es el viernes, 16 de mayo de 2025. Es importante señalar que esta fecha no representa el final del plazo para el pago del impuesto vehicular. El límite para realizar el pago sin descuento y sin sanción se extiende hasta el viernes, 25 de julio de 2025.

¿Cómo pagar el impuesto vehicular en Bogotá?

El distrito ha señalado que el impuesto de vehículos en Bogotá es de carácter directo, lo que significa que recae sobre la propiedad o posesión de los automotores que están matriculados en el Distrito Capital. Este impuesto es obligatorio y debe pagarse una vez al año, siendo los propietarios o poseedores los responsables de su cumplimiento.

Además, la Alcaldía ha destacado que este trámite se puede realizar de manera en línea, lo que facilita el proceso para los contribuyentes. A continuación, se presenta un paso a paso para realizar el pago en línea:

  • El primer paso consiste en descargar el recibo. Para obtener la factura de los impuestos predial y de vehículos de la vigencia correspondiente, los contribuyentes pueden hacerlo desde la página de la Secretaría de Hacienda, seleccionando el botón 'Pagos Bogotá'.
  • Una vez allí, deberán elegir la opción ‘Predial 2025’ o ‘Vehículos 2025’ y hacer clic en la opción ‘Paga en línea’.
  • Finalmente, es necesario diligenciar la información solicitada por el aplicativo, validar y aceptar los términos de la política de datos, y dar clic en ‘Buscar’.

Mensaje del alcalde de Bogotá

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, ha compartido un mensaje a través de un video en su cuenta de X, recordando a los ciudadanos la importancia de cumplir con este plazo y agradeciendo a quienes cumplen con su obligación tributaria. En sus palabras, expresó:

“Quiero agradecer a los contribuyentes que pagan oportunamente y, además, hacen su aporte voluntario. Esos recursos nos han permitido comprar más motos para la Policía y mejores sistemas de videovigilancia, y financiar más becas en educación superior para los jóvenes de la ciudad.”

El alcalde enfatizó que el cumplimiento de estas obligaciones no solo beneficia a la administración pública, sino que también contribuye a mejorar la seguridad y la calidad de vida en la ciudad. La recaudación de impuestos es fundamental para financiar proyectos que impactan positivamente en la comunidad.

¿Cuánto debo pagar de impuesto vehicular en 2025?

Es relevante que los contribuyentes tengan en cuenta las tarifas del impuesto vehicular para 2025, las cuales fueron establecidas mediante el decreto 1493 del 13 de diciembre de 2024. Estas tarifas son aplicables a nivel nacional y se detallan a continuación:

  • Vehículos con un valor entre 0 y $55.679.000: 1.7%
  • Vehículos cuyo valor esté entre $55.679.000 y hasta $125.274.000: 2.7%
  • Vehículos que superen el valor de $125.274.000: 3.7%
  • Vehículos de servicio público: 0.7%
  • Vehículos eléctricos: 1.2%

Es importante destacar que para los vehículos eléctricos matriculados en Bogotá, las tarifas aplicables no podrán superar el 1.2% de su valor comercial. Esto representa un incentivo para la adopción de tecnologías más limpias y sostenibles en el transporte.

Para obtener información adicional sobre el proceso de pago y las tarifas, los contribuyentes pueden visitar el sitio web de la Alcaldía de Bogotá, donde se proporciona un acceso directo a todos los recursos necesarios para cumplir con estas obligaciones tributarias.

Contexto

Año tras año cada colombiano contribuyente cuenta con determinadas que debe cumplir para estar al día en las cuentas con el Estado.

Estas obligaciones van relacionadas con el pago de los diferentes impuestos en cada ciudad del país.

Es así como aparecen en el panorama términos como , declaración de renta, o el impuesto vehicular.

En el caso de Bogotá, capital de la República, la alcaldía distrital ofreció dentro del calendario tributario una serie de plazos relacionados con la temporalidad del pago.

Es así como confirmaron que ya se acerca la fecha límite para usted pagar el impuesto predial con el 10% de descuento.

¿Cuál es la fecha límite de pago del impuesto vehicular con el 10% de descuento en Bogotá?

Pues bien, la Alcaldía de Bogotá, por medio de su página web, explicó que la fecha límite de pago del impuesto sobre vehículos automotores, con descuento del 10 %, es el viernes, 16 de mayo de 2025.

Ojo, esto no quiere decir que sea la fecha final, pues el límite para pagar el impuesto vehicular y de los derechos de semaforización, sin descuento y sin sanción, es el viernes, 25 de julio de 2025.

¿Cómo pagar el impuesto vehicular en Bogotá?

El distrito advirtió inicialmente que “El impuesto de vehículos en Bogotá es de carácter directo y recae sobre la propiedad o posesión de los gravados automotores que se encuentren matriculados en el Distrito Capital”.

Además, que el impuesto es de carácter obligatorio, “se paga una vez al año y los responsables del pago son los propietarios o poseedores”.

Por otro lado, la misma alcaldía puntualizó, entre otras cosas, que este trámite se puede hacer en línea.

Paso a paso para pagar en línea:
  • El primer paso tiene que ver con descargar el recibo. Para descargar la factura de los impuestos Predial y de Vehículos de la vigencia, puede hacerlo desde la página de Secretaría de Hacienda seleccionando el botón 'Pagos Bogotá'.
  • Luego, deberá escoger la opción ‘Predial 2025’ o ‘Vehículos 2025’ y hacer clic en la opción ‘Paga en línea’.
  • Finalmente, deberá diligenciar la información que solicita el aplicativo, validar y aceptar los términos de política de datos, y finalmente, dar clic en ‘Buscar’. 
Esto informó el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán:

Así mismo, el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, publicó un video en su cuenta de X recordando el plazo y agradeciendo a quienes cumplen con su obligación.

“Quiero agradecer a los contribuyentes que pagan oportunamente y, además, hacen su aporte voluntario”, dijo.

Allí mismo, el alcalde enfatizó: “Esos recursos nos han permitido comprar más motos para la Policía y mejores sistemas de videovigilancia, y financiar más becas en educación superior para los jóvenes de la ciudad”.

Recuerden que el plazo para pagar el impuesto de vehículos en Bogotá vence el 16 de mayo.

Quiero agradecer a los contribuyentes que pagan oportunamente y, además, hacen su aporte voluntario. Esos recursos nos han permitido comprar más motos para la Policía y mejores sistemas de… pic.twitter.com/tZBTHyAxhJ

— Carlos F. Galán (@CarlosFGalan) May 12, 2025

¿Cuánto debo pagar de impuesto vehicular en 2025?

Tenga en cuenta que las tarifas del impuesto vehicular para 2025 fueron establecidas según el decreto 1493 del 13 de diciembre de 2024, las cuales aplican a nivel nacional.

Estas tarifas son:

  • Vehículos entre 0 y $55.679.000: 1.7 %
  • Vehículos entre $55.679.000 y hasta $125.274.000: 2.7 %
  • Vehículos más de $125.274.000: 3.7 %
  • Servicio público: 0.7 %
  • Vehículos eléctricos: 1.2%

Tenga en cuenta que para los , las tarifas aplicables no podrán superar el 1,2% de su valor comercial.

Si desea conocer más información, puede hacer clic aquí.

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Cali HOY

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